Estimados: Junto con saludar, deseo notificar mi molestia por recibir doble facturación de mi servicio, está fue emitida en Agosto mes que si utilice el servicio y debo pagar, pero además se cobra septiembre siendo que estuve sin servicio todo ese mes por no cancelar. Nota: Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), que establece que las empresas solo pueden cobrar por los servicios efectivamente prestados. Y si pueden apreciar esto es en reiteradas ocasiones, en boletas de otros servicios.